El pasado 11 de septiembre el
Tribunal Constitucional dictó la sentencia 142/2014. La sentencia podría haber
tenido un impacto equiparable (salvando las distancias) al atentado contra las
Torres Gemelas de Nueva York sobre el urbanismo si hubiera declarado ámpliamente inconstitucional el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 2008
(TRLS2008).
No se trata de opinar sobre el
contenido de la Sentencia, ni del cada vez más limitado ámbito del urbanismo
como competencia constitucional autonómica a favor del derecho de propiedad,
del medio ambiente o incluso de las normas de derecho administrativo común
ampliadas al procedimiento sectorial urbanístico. Sino de los efectos positivos
sobre el marco legislativo urbanístico, especialmente el valenciano, que ha tenido
el pronunciamiento del alto tribunal.
La Comunidad Valenciana acaba de estrenar Ley, la Ley 5/14 de
Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP), que entró en vigor el
pasado 20 de agosto. La Ley se redacta tratando de simplificar la legislación
urbanística, territorial, paisajística y ambiental de esta comunidad autónoma. El
legislador y el Gobierno Valenciano han realizado un importante esfuerzo por
reducir el extenso entramado de textos legales que regulaban el sector, aglutinándolos en una sola ley y reduciendo el total de preceptos a una tercera parte. Además, para incrementar la seguridad jurídica, que se configura como
otro de los objetivos de la nueva ley, se adecua a la más reciente legislación del Estado en
materias que inciden sobre el urbanismo, y una de las principales es, sin duda,
el TRLS 2008 y la Ley 8/2013 conocida como la ley de las 3 "r". Todo ello con un elevado grado de consenso entre las fuerzas
políticas mayoritarias.
¿Qué hubiera pasado si el
Tribunal Constitucional en lugar de declarar la constitucionalidad de la
mayoría de los preceptos del TRLS 2008 hubiera resuelto su
inconstitucionalidad? Inicialmente es posible que no hubiere resultado nada
excesivamente traumático. Un cierto revuelo en los medios, un temor inicial en
los técnicos municipales y de la Generalitat motivado un vacío legal que
dejaría la norma, pero, aun sin profundizar mucho en esta cuestión, la propia
LOTUP es suficiente para completar el marco urbanístico. El problema, el
tsunami, la catástrofe, vendría por la fuerza legislativa que el Estado hubiera
desarrollado para rellenar ese hueco. Posiblemente, el nuevo texto que hubiera
surgido determinaría nuevos preceptos con consecuencias diferentes, y seguro
concluiría la contradicción con preceptos de la ley valenciana y otras tantas normas autonómicas. Por lo que vuelta al
círculo vicioso, inseguridad jurídica, nueva normativa para adaptarse,
legislación nueva, planes no adaptados, inseguridad jurídica, ..... Ahora que
parecía que empezábamos a tenerlo claro.
Gracias a los magistrados del
Tribunal Constitucional el TRLS 2008 ha sido considerado constitucional en la
mayoría de sus preceptos. Los aviones no se han estampado contra las torres, la
amenaza de tsunami ha quedado en agua de borrajas y la catástrofe que podría
haberse derivado se ha desvanecido. Sin duda, esta resolución de
constitucionalidad genera una estabilidad en la legislación del suelo que,
sinceramente, y especialmente en una situación de crisis del sector
inmobiliario como la presente, es muy de agradecer.
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